El debate sobre un posible indulto a Cristina Kirchner tras la condena firme en la causa Vialidad enfrenta un obstáculo central: el artículo 36 de la Constitución Nacional, reformado en 1994, que extiende la prohibición de gracia presidencial a quienes cometan “grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento”.
QUÉ DICE EL ARTÍCULO 36
1. Indulto vedado para actos de fuerza — Declara insanablemente nulos los golpes contra el orden institucional. — Sus autores quedan “excluidos de los beneficios del indulto y la conmutación de penas”.
2. Equiparación con la corrupción — El mismo artículo añade que atentará contra la democracia quien incurra en “grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento”. — Si se igualan ambas conductas, la prohibición de indulto se extendería a los condenados por corrupción.
3. Imprescriptibilidad y sanciones — Las acciones son imprescriptibles y la inhabilitación para cargos públicos puede ser perpetua. — El Congreso debe dictar una ley de ética pública complementaria.
INTERPRETACIONES JURÍDICAS
* Doctrina mayoritaria: Constitucionalistas como Andrés Gil Domínguez y Christian Cao sostienen que la cláusula coloca los delitos de corrupción al mismo nivel que los golpes de Estado, vedando cualquier perdón presidencial.
* Posición minoritaria: Otros juristas entienden que la prohibición explícita figura solo para los actos de fuerza y que la corrupción requiere una ley que extienda la inindultabilidad.
ANTECEDENTE CLAVE
En 2016, la Cámara Federal de La Plata (Sala II) declaró imprescriptibles los delitos de corrupción citando el artículo 36, al equipararlos con atentados al sistema democrático. El fallo, firmado por los jueces Schiffrin, Calitri y Álvarez, refuerza la tesis de inhabilidad del indulto.
IMPLICANCIAS POLÍTICAS
Si la prohibición se impone, ningún presidente podría conmutar ni indultar una condena firme por administración fraudulenta con enriquecimiento, como la confirmada en el caso Vialidad. Un intento de gracia chocaría con la supremacía constitucional y abriría un litigio inmediato ante la Corte.