Los fundamentos de condena contra la enfermera Brenda Agüero, ex funcionarios y la absolución del ex ministro Diego Cardozo por la muerte de bebés en el Hospital Neonatal de Córdoba se dieron a conocer y allí sustentaron que cuando la principal acusada dejó de asistir al hospital “cesaron los hechos”.
Este miércoles la Cámara Criminal y Correccional de 7° Nominación de la ciudad de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la sentencia que, por mayoría, condenó a prisión perpetua a Agüero por homicidio insidioso de cinco bebés nacidos en el Hospital Materno Neonatal y tentativa de homicidio de otros ocho recién nacidos.
En la audiencia se detalló que, con relación a la enfermera, el voto mayoritario fue redactado por el camarista José Daniel Cesano y compartido por la vocal Laura Huberman y cuatro integrantes del jurado popular, mientras que los otros ciudadanos se inclinaron por la absolución.
En el escrito presentado por la Justicia de Córdoba, se describe que “no hay ningún obstáculo para alcanzar la certeza en base a prueba indirecta” y se agregó que “existe una pluralidad de indicios unívocos que permiten inferir con certeza que la acusada Agüero fue la autora de los procedimientos insidiosos que causaron la muerte de los cinco bebés fallecidos, así como también de los ataques respecto de los otros ocho recién nacidos”.
Asimismo, se detallaron los indicios que fueron tenidos en cuenta para condenar a la pena máxima a Agüero. En este marco destacaron que la enfermera era la única persona que estaba presente cuando se produjeron los hechos; en once de los casos mantuvo contacto personal con los bebés; y también en varios de los sucesos, dio aviso a las médicas de las descompensaciones, incluso antes de que los síntomas fueran claramente visibles.
En la lista también se incorporó que, en el botiquín de la sala de recuperación, donde trabajaba la imputada, se encontraron cuatro lapiceras de insulina y ampollas de potasio, medicación que el hospital no suministraba en ese formato, o bien, no debería estar en ese lugar.
A su vez, la encausada presentaba una personalidad con rasgos narcisistas y omnipotentes; cuando dejó de asistir al hospital cesaron estos hechos; y se remarcó que, cuando se enteró de las sospechas que ya existían hacia su persona, Agüero demostró intenciones de mudarse a otra provincia.
“Esta pluralidad de indicios permiten destruir el principio jurídico de inocencia del que goza la encausada; y me autorizan a sostener, más allá de toda duda razonable, que la autora de los trece sucesos fue Brenda Cecilia Agüero”, concluyó la mayoría del tribunal.
Respecto a los jurados populares que votaron por la absolución de la enfermera, fundamentaron que “algunos hechos no existieron; mientras que, en otros casos, no logró probarse la participación de la imputada”.
CONDENA A EX FUNCIONARIOS
En el juicio también se condenó a Liliana Asís, ex directora del hospital; Alejandro Escudero Salama, como ex subdirector de Gestión Administrativa del nosocomio; Martha Elena Gómez Flores, ex jefa de Departamento de Neonatología; Adriana Moralez, médica neonatóloga; y Pablo Carvajal, ex secretario de Salud de la Provincia de Córdoba.
En el escrito se basaron que los funcionarios públicos “conocieron el carácter delictivo de los fallecimientos y las descompensaciones que estaban teniendo lugar en el Centro Obstétrico del Hospital Materno Neonatal y, sin embargo, ocultaron su origen criminal”.
Según el tribunal, los tres primeros tuvieron conocimiento fehaciente de la naturaleza de los hechos desde principios de mayo; mientras que Carvajal se enteró de todo en una reunión mantenida el 7 de junio con las autoridades del hospital, en su despacho.
ABSOLUCIÓN DEL EX MINISTRO
Los ciudadanos que integraron el tribunal señalaron que, cuando Diego Cardozo se enteró de lo que pasaba en el Neonatal, “inmediatamente dio directivas operativas e institucionales”.
A su vez dispuso la intervención del hospital; separó los agentes que intervinieron en los casos sospechosos; inició un sumario administrativo; ordenó que se haga un seguimiento de los casos judicializados y que se formule la denuncia penal de los hechos.
“Una vez impartidas las directivas, no volvieron a suceder hechos en el hospital. Esto se debe a que las directivas descriptas se fueron cumpliendo, con excepción de una denuncia penal integral, que estaba en preparación”, expresaron.