El presidente y el director de una empresa constructora fueron imputados por el derrumbe en el Cerro de la Virgen, en Neuquén, durante una obra pública en agosto de 2023, que provocó que una familia resultase con heridas, de diversa magnitud.
Los fiscales Fernando Fuentes y Natalia Rivera formularon cargos a L.L, presidente de la firma Luciano S.A, y a R.M, director técnico de la empresa contratada, por el delito de estrago culposo.
El caso ocurrió el 1 de agosto de 2023, entre las 11.30 y 12.10, en un sector del Cerro de la Virgen, en la Ruta 43 y la intersección con la calle Emilio Pessino, en la zona de chacras de Chos Malal, cuando se construía un puente sobre el río Curileivú.
El día del derrumbe, según destacaron los fiscales, un hombre, su pareja y una hija de ambos estaban al pie del cerro y producto del desmoronamiento sufrieron diversas lesiones: fracturas, golpes y cortes, que les demandaron entre 30 y 200 días de recuperación.
Ante lo investigado, el Ministerio Público Fiscal provincial le atribuyó a R.M “haber actuado con negligencia, imprudencia e impericia profesional, incumpliendo los deberes de cuidado propios de sus funciones en el marco de su desempeño profesional en la obra señalada”.
Se señaló que “el imputado elevó el riego por encima de lo permitido y generó un peligro común, que se materializó en el desprendimiento y derrumbe de un sector del Cerro de la Virgen”.
Se planteó que el director “infringió el deber objetivo de cuidado y las reglas técnicas aplicables a la ingeniería vial y geotécnica, al omitir realizar las verificaciones de campo necesarias para asegurar que el talud adyacente a la Ruta Provincial 43, se conformara con una pendiente de 30°, tal lo previsto en el informe de ingeniería de la tercera modificación de obra, y no disponer la ejecución de los estudios geológicos y geotécnicos complementarios exigidos en la licitación pública 14/11 (artículo 16), indispensables para calcular la estabilidad del talud natural y adoptar medidas de protección adecuadas para ello. Dicho talud presentaba una pendiente de 60° aproximadamente, al momento del derrumbe”.
También, agregaron que “su accionar resultó además imprudente por cuanto omitió seguir las recomendaciones de seguridad contenidas en el estudio de impacto ambiental, que advertía sobre la inestabilidad de la ladera y la necesidad de respetar el talud consignado y omitió ordenar la ejecución de obras de contención y protección de dicho talud”.
Acerca de L.L, indicaron que en su carácter de presidente de la empresa sabía de la ejecución de la obra, por lo que se le atribuyó “haber actuado con negligencia, incumpliendo los deberes de cuidado propios de sus funciones”.
Además, “elevó el riego por encima de lo permitido y generó un peligro común, que se materializó en el desprendimiento y derrumbe de un sector del Cerro de la Virgen. El deslizamiento planar-traslacional del macizo rocoso constituyó un medio poderoso de destrucción que ocasionó lesiones”, a las personas que estaban al pie del cerro.
En su carácter de presidente de Luciano S.A, “omitió la realización de los estudios geotécnicos y geológicos que le eran exigibles por el artículo 16, contenido en el índice de especiaciones técnicas en el Anexo 1 correspondiente al licitación pública 14/11 en la sección 4b especificaciones técnicas particulares (estudio de suelo para fundaciones)”.
Los abogados querellantes, que representan a las víctimas, adhirió a la formulación de cargos que efectuaron los representantes del MPF, con una diferencia: señalaron que el delito a imputar debía ser estrago culposo, pero agravado por lesiones.
Al turno del juez de garantías Eduardo Egea, avaló la formulación de cargos y estableció el plazo de investigación en un mes, con vencimiento el 5 de octubre próximo.
También desestimó el pedido de la querella para que el delito atribuido a los imputados sea estrago culposo agravado por las lesiones.
“Si bien la calificación legal es diversa entre el MPF y la querella, el relato de los hechos no lo es, ya que la querella coincidió con lo indicado por el MPF en ese aspecto. Y creo que tiene razón el MPF sobre la calificación elegida”, afirmó.