Son horas decisivas para el tránsito de camiones en la provincia de Buenos Aires, donde gobierna Axel Kicillof, debido a que Argentina, está a horas de comenzar a vivir un nuevo fin de semana largo y, una medida gubernamental obliga al descanso a choferes de distintos tipos de transportes y cargas. ¿De qué se trata?
El Gobierno de Javier Milei estableció que el domingo 12 octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural se pase para mañana (viernes) 10 de octubre, por lo que un nuevo Finde XL está a punto de comenzar, razón por la cual, decenas de empresas y transportistas deberán ver interrumpida sus labores en caminos estratégicos de la provincia, ya que, la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, con el fin de facilitar el desplazamiento de vehículos y contribuir a la prevención de siniestros de tránsito en rutas claves para el turismo de cercanía, restringe la circulación de camiones.
Si bien la Costa Atlántica Bonaerense es uno de los destinos más buscados por el turismo nacional, con la primavera instalada y las agradables temperaturas para esta época del año, Mar del Plata y las localidades del Partido de la Costa incrementan la afluencia de turistas y, por eso, muchas vías de acceso cierran la circulación de camiones de 7 toneladas en bruto durante los próximos tres días, a partir de las 18 horas de hoy jueves cuando las rutas comienzan a cargarse luego de que miles de personas cierran la semana laboral.
¿QUÉ RUTAS ESTARÁN INHABILITADAS A LA CIRCULACIÓN DE CAMIONES EL FINDE XL?
Jueves, viernes y domingo son los días en los cuales no podrán utilizar por cinco rutas provinciales, más la Autovía 2.
Las mismas son:
Autopista Buenos Aires – La Plata
* Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata.
Ruta Provincial N º 2 (AUTOVIA 2)
* Desde km 40,5 del Ramal Buenos Aires – Mar del Plata de la Autopista Buenos Aires – La Plata hasta el Km. 400 (Camet).
Ruta Provincial N º 11
Desde intersección con RP N.º 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal).
Ruta Provincial N º 36
Desde Rotonda RP N º 10 (Prolongación Av. 66 – La Plata) hasta la intersección con RP N º 11 (Pipinas).
Ruta Provincial N º 56
Desde su intersección con la RP N º 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP N.º 74 (Gral. Madariaga).
Ruta Provincial N º 63
Desde Distribuidor de Transito con RP N º 2 (Dolores) hasta Intersección con RP N º 11 (Esquina de Crotto).
Ruta Provincial N º 74
Desde su intersección con la RP N º 56 (Maipú) hasta su intersección con la RP N º 11 (Pinamar).
HORARIOS DE LA RESTRICCIÓN DE CIRCULACIÓN PARA CAMIONES
HACÍA LA COSTA ATLÁNTICA
Jueves 9 de octubre
* De 18 a 23.59 hs.
Viernes 10 de octubre
* De 6 a 14 hs.
HACÍA LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Domingo 12 de octubre
* De 14 a 23.59 hs.
La restricción a la circulación de camiones es solo para aquellos cuyo porte bruto sea de 7 toneladas. En consecuencia y con las excepciones de cada caso, esta es la lista completa de quiénes quedan exentos de la medida.
* Los vehículos del autotransporte de cargas menores a SIETE (7) toneladas de porte bruto y los vehículos que a continuación se detallan:
* Transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados.
* Transporte de animales vivos.
* Transporte de pescado y mariscos congelados.
* Transporte de productos frutihortícolas en tránsito.
* Transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual.
* De atención de emergencias.
* De grúas/asistencia a vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o para su traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío.
* Transporte de combustible, de gas natural comprimido y gas licuado de petróleo.
* Transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos.
* Transporte de medicinas.
* Transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos y/o patogénicos.
* Transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial.
* Transporte de sebo, hueso y cueros.
Cuando se oponga a disposiciones que en idéntico sentido dicte la Secretaría de Gestión del Transporte de la Nación, y/o la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial, y/o la Agencia Nacional de seguridad Vial, sobre una misma vía, día y horario.