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La Corte Suprema cuestionó las prórrogas extendidas de prisión preventiva en causas de Lesa Humanidad

La Corte Suprema de Justicia de la Nación advirtió hoy que las extensas prisiones preventivas en causas por delitos de lesa humanidad deben estar debidamente justificadas con “indicios concretos” de riesgo procesal, al considerar que prolongar el encierro sin fundamentos suficientes implica una “pena anticipada” y una violación al debido proceso.

El pronunciamiento del máximo tribunal surgió en el marco del caso de Carlos Ernesto Castillo, alias “El Indio”, un civil de 72 años que integró la Concentración Nacional Universitaria (CNU), y que permanece detenido con prisión preventiva desde diciembre de 2013, en el marco de una causa por secuestros y homicidios ocurridos antes del golpe de Estado de 1976.

La Corte resolvió sobre una nueva prórroga dictada en mayo de 2025, lo que eleva a casi doce años su detención preventiva, pese a que el plazo máximo previsto por ley es de tres años.

En su resolución, la mayoría integrada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y los conjueces Abel Sánchez Torres y Alejandro Tazza sostuvo que “un Estado de Derecho no puede trasgredir las garantías del debido proceso sin degradarse a sí mismo en ese acto”, y enfatizó que las prisiones preventivas deben basarse en riesgos procesales reales y no en la sola gravedad del delito imputado.

“El hecho de que el imputado esté acusado de gravísimos delitos no justifica por sí solo la imposición ni la prolongación de una medida tan gravosa”, afirmaron los jueces, quienes agregaron que “la presunción de inocencia es un principio que debe honrarse sin excepción”.

En disidencia, el juez Ricardo Lorenzetti consideró inadmisible el recurso sin pronunciarse sobre el fondo del planteo.

El fallo también cuestionó el accionar de la Cámara Federal de Casación Penal, que había denegado un recurso sin evaluar los argumentos relativos al exceso en la prisión preventiva. La Corte remarcó que, pasados los tres años legales, esta forma de detención es “la excepción de la excepción” y su aplicación requiere de una rigurosa fundamentación específica.

Castillo ya cuenta con una condena a prisión perpetua en otra causa, por lo que esta decisión no implica su liberación inmediata, sino un posicionamiento institucional sobre los límites de la prisión preventiva en los procesos por crímenes de lesa humanidad. El juicio en esta causa particular continúa en trámite ante el Tribunal Oral Federal N° 1 de La Plata.