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Rechazan salidas transitorias a condenada por el crimen de Matías Berardi

Buenos Aires, 18 de noviembre (NA) – La Corte Suprema de Justicia dejó firme la decisión que rechazó conceder salidas transitorias a Ana Cristina Moyano, condenada a 24 años de prisión por el secuestro y asesinato de Matías Berardi, el adolescente de 16 años asesinado en 2010, en un caso que generó una fuerte conmoción social.

La defensa de Moyano había presentado un recurso extraordinario en queja para que la mujer pudiera acceder al régimen de salidas, pero los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la presentación por inadmisible, manteniendo así la negativa dictada por instancias anteriores.

Berardi fue secuestrado en la madrugada del 28 de septiembre de 2010 tras regresar de una fiesta en el boliche Pacha, en la Costanera Norte. Los captores lo mantuvieron cautivo en una casa de Benavídez mientras exigían rescate a su familia. El joven logró escapar y pidió ayuda en el barrio, pero fue recapturado cuando los secuestradores lo hicieron pasar por un ladrón. Fue asesinado de un tiro por la espalda y su cuerpo apareció en un descampado de la ruta 6.

En 2013, el Tribunal Oral Federal N.º 3 de San Martín dictó cinco prisiones perpetuas a los principales responsables, entre ellos el líder de la banda, Richard Fabián Souto. Moyano, esposa de Souto, recibió 24 años de prisión por colaborar en el ocultamiento de la víctima y confundir a los vecinos cuando el adolescente escapó. Su pena vence el 29 de septiembre de 2034.

La solicitud de salidas transitorias ya había sido rechazada por la jueza de ejecución penal y por la Cámara Federal de Casación Penal. Ambas instancias destacaron que la concesión del beneficio no es automática y que la condenada no había mostrado avances significativos en su pronóstico de reinserción social. También remarcaron la gravedad de los delitos, el tiempo restante de pena y la falta de una transformación relevante respecto de las circunstancias que la llevaron a participar del secuestro.

Durante la pandemia, Moyano había pedido la prisión domiciliaria, que también le fue denegada. Posteriormente insistió en el pedido de salidas transitorias, pese a encontrarse aún en período de prueba dentro del régimen penitenciario.

La Corte Suprema, mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, dejó firme la resolución que había rechazado la pretensión de la defensa.