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Caputo vs. Achával: el ministro de Economía cuestionó la suba de tributos en Pilar

Buenos Aires, 5 diciembre (NA)- El municipio de Pilar, gobernado por Federico Achával, puso en marcha desde el 1° de diciembre un esquema nuevo para la llamada Tasa de Protección Ambiental, que ahora se cobra como un porcentaje sobre cada compra que realizan los vecinos en supermercados, hipermercados, shoppings, hoteles e industrias del distrito. La alícuota para las grandes cadenas de supermercado quedó fijada en el 2% sobre el importe de la operación, neto de IVA, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2026 aprobada por el Concejo Deliberante.

Según supo la Agencia Noticias Argentinas, en la práctica, el recargo funciona como un adicional en la caja: se liquida en el ticket junto con la compra y las empresas actúan como agentes de percepción obligados a ingresar la tasa al municipio. Como la base imponible es el monto de la compra sin el impuesto al valor agregado, el 2% equivale a alrededor de 1,65% del precio final que ve el consumidor. Para una boleta de 10.000 pesos, el recargo ronda los 165 pesos; para una compra de 50.000 pesos, trepa por encima de los 800 pesos.

Hasta ahora, el esquema era muy distinto: la tasa ambiental se cobraba como un valor fijo por ticket, calculado en “módulos” municipales. En 2024, por ejemplo, los supermercados pagaban el equivalente a dos módulos por cada compra, un monto que en ese momento rondaba los 38 pesos por operación; con las actualizaciones de 2025, el cargo llegó a ubicarse cerca de los 70 pesos. Es decir, el impacto era casi imperceptible en una compra grande, pero pesado en consumos pequeños. Con la reforma aprobada para 2026, la tasa pasa a ser plenamente proporcional al tamaño del ticket y multiplica la recaudación potencial en un mes clave, marcado por las compras navideñas y de fin de año.

UNA “TASA AMBIENTAL” QUE VA A LA CAJA GENERAL

La arquitectura jurídica del tributo está detallada en el Capítulo XXV de la Ordenanza Fiscal 2026. Allí se describe que el hecho imponible son una serie de servicios ambientales a cargo del municipio: mantenimiento y ampliación de plazas y espacios verdes, instalación de “puntos verdes” para reciclado, compra de contenedores diferenciados, programas para reducir residuos, promoción de energías renovables, construcción de bicisendas y senderos aeróbicos, y acciones de control y monitoreo de eventuales daños al ambiente, entre otros puntos.

Los sujetos alcanzados son definidos como “grandes generadores de residuos”: supermercados e hipermercados, locales en shoppings y galerías comerciales, hoteles de 2 a 5 estrellas, industrias, empresas de servicios y universidades privadas. La base imponible se fija como el importe de la operación neto de IVA, y el esquema se instrumenta a través de un régimen de percepción y retención en el punto de venta.

Pero el punto más sensible para los especialistas está en el final del capítulo: el artículo 331 establece que todo lo recaudado por esta tasa integra “los fondos de libre disponibilidad municipales”. Es decir, no se crea una cuenta específica ni se obliga a destinar esos recursos a programas ambientales concretos, como sí ocurre, por ejemplo, con otras contribuciones locales orientadas a contingencias climáticas.

Esa redacción alimenta la sospecha de que, más que una tasa ligada a una contraprestación puntual, se trata en los hechos de un impuesto al consumo encubierto que el municipio decide recaudar aprovechando la capacidad de cobro de las grandes cadenas.

CRÍTICAS DE TRIBUTARISTAS: “IMPUESTOS ENCUBIERTOS” E IMPACTO EN PRECIOS

La decisión de Pilar se inscribe en una tendencia más amplia de municipios que, en los últimos años, comenzaron a aplicar tributos locales sobre consumos masivos, muchas veces bajo rótulos ambientales o sociales. Cámaras empresarias y estudios tributarios vienen advirtiendo que se trata de figuras que “se parecen más a impuestos que a tasas”, porque no guardan una relación directa ni proporcional entre el monto cobrado y un servicio efectivamente prestado al contribuyente.

El tributarista César Litvin, que viene siguiendo el tema de las tasas municipales en la provincia de Buenos Aires, señaló que el nuevo diseño de Pilar introduce un recargo obligatorio sobre cada operación que las cadenas no pueden absorber y que se termina trasladando “íntegramente” al precio. Según su análisis, esto encarece el costo de la canasta básica de los vecinos de Pilar frente a otros distritos que no aplican un cargo equivalente y profundiza la “competencia desleal” con comercios más chicos o cadenas no alcanzadas por el régimen de percepción.

Para Litvin y otros especialistas consultados en trabajos recientes sobre “ecotasas”, el problema no es solo el impacto inflacionario sino el principio jurídico: si los recursos van a una bolsa general y no se vinculan de manera mensurable con el servicio ambiental, la figura se aleja de la noción de tasa y se acerca a un impuesto local a las ventas, algo que la jurisprudencia argentina ha cuestionado en reiteradas ocasiones.

CAPUTO VS. ACHÁVAL: LA PELEA POLÍTICA

La suba de la tasa ambiental en Pilar no pasó inadvertida para el Gobierno nacional. El ministro de Economía, Luis Caputo, se pronunció en redes sociales contra la medida y la utilizó como ejemplo de la tensión entre la política fiscal nacional y la municipal. En su mensaje, planteó que mientras la administración central dice estar trabajando para bajar impuestos y mejorar la competitividad, algunos intendentes de la oposición “los suben como si nada” y remató con una frase dirigida a los jefes comunales: “no les interesa la gente”.

El señalamiento no es casual. Pilar es uno de los distritos donde ya existía polémica por otros tributos locales, como la tasa vial sobre combustibles y la propia Tasa de Protección Ambiental en su versión anterior. En 2024, la Suprema Corte bonaerense rechazó un planteo de inconstitucionalidad contra la tasa vial y otras contribuciones locales, entre ellas la ambiental y una contribución obligatoria al Hospital de Emergencia, en una causa impulsada por dirigentes opositores. El máximo tribunal provincial desestimó el planteo por cuestiones técnicas y dejó firmes los tributos, lo que fue leído en el municipio como un aval político y jurídico para sostenerlos.

Con la nueva alícuota del 2% sobre las compras de supermercado, la discusión se reabre en un contexto distinto: ahora el impacto es directo sobre el ticket de miles de consumidores que hacen sus compras navideñas en las grandes cadenas del distrito.

UN MAPA MÁS AMPLIO DE SUBAS Y “ECOTASAS” MUNICIPALES

Lo que ocurre en Pilar no es un caso aislado. En los últimos meses, municipios del conurbano bonaerense aprobaron fuertes incrementos en tasas locales y crearon cargos específicos sobre actividades comerciales para sostener sus finanzas en medio de la caída real de la recaudación y el ajuste del gasto nacional.

En Berazategui, la nueva ordenanza tributaria habilitó subas de hasta el 80% en tasas de ABL y habilitaciones comerciales, con la posibilidad de aplicar ajustes adicionales a partir de marzo. En Quilmes y Lanús, las actualizaciones promedian entre el 40% y el 45%, aunque empresarios locales advierten que la carga efectiva puede ser mayor por la acumulación de adicionales y coeficientes.

Otros distritos implementaron tributos específicos sobre el consumo. Hurlingham creó un fondo municipal para comedores y merenderos que implica una contribución del 1% de la facturación para hipermercados y mayoristas; Almirante Brown avanzó con una tasa sobre envases no retornables (botellas, latas, pañales descartables, envases PET), con montos fijos por unidad vendida; Neuquén implementó un cargo del 10% sobre una tasa de residuos voluminosos; y Lanús dispuso un incremento del 30% en la tasa de Seguridad e Higiene para bancos, financieras y supermercados de mayor facturación.

En ese contexto, la decisión de Pilar de transformar un cargo fijo en un porcentaje sobre el monto de cada compra aparece como un eslabón más de una estrategia extendida: trasladar a tributos municipales parte de la tensión fiscal, aun a costa de encarecer consumos básicos.

LA DISCUSIÓN QUE VIENE: LEGALIDAD, PROGRESIVIDAD Y TRANSPARENCIA

El caso de la Tasa de Protección Ambiental vuelve a plantear una pregunta de fondo: qué límites tienen los municipios para gravar el consumo y en qué medida estas tasas respetan el criterio constitucional de corresponder a un servicio concreto, divisible y mensurable. Para muchos especialistas, cuando la base imponible es el valor de la compra y la recaudación va a fondos de libre disponibilidad, el tributo se aleja de esa lógica y se acerca a un impuesto sobre las ventas disfrazado de tasa.

A eso se suma la cuestión de la progresividad. Como el recargo del 2% se aplica por igual a cualquier vecino que compre en un supermercado de Pilar, independientemente de su nivel de ingresos, la carga relativa es mayor para los hogares de menores recursos. Y la ventaja competitiva puede desplazarse hacia comercios de otros distritos o canales de venta no alcanzados por la percepción, lo que tensiona el tejido comercial local.

Por ahora, el municipio defiende el esquema en clave ambiental y lo presenta como una herramienta para financiar plazas, puntos verdes, contenedores y obras relacionadas con el cuidado del ambiente. Pero la propia ordenanza admite que los recursos se integran a la caja general, sin afectación específica. El punto central, señalan tributaristas y empresarios, será la trazabilidad del dinero: cuánta recaudación adicional generará el 2% sobre las compras y en qué proyectos concretos se verá reflejado para los vecinos de Pilar.

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