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El TSJ porteño resolvió que el monto apelable en una causa civil es el vigente a la presentación de la demanda

Buenos Aires, 23 diciembre (NA) – El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires resolvió que el monto que determina la apelabilidad en causas civiles debe fijarse conforme al valor vigente al momento de la presentación de la demanda.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el TSJ revocó una decisión de la Cámara y se inclinó por la interpretación del artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que fija que la inapelabilidad por monto debe analizarse según los valores vigentes al inicio del proceso.

La decisión fue adoptada por unanimidad en el expediente “TSJ 29766/2025 – Gatto Lorena Graciela s/queja por recurso de inconstitucionalidad denegado (civil) en Gatto Lorena Graciela c/Gillone Antonio Rafael y otros s/daños y perjuicios (acc. tran. sin lesiones (expte N°11879/2012)”.

En determinadas causas civiles, cuando el monto reclamado no alcanza el umbral fijado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), las sentencias no pueden ser apeladas. Este criterio es conocido como inapelabilidad por monto.

El TSJ dejó sin efecto el criterio de la Cámara, que consideraba como referencia el monto al momento de la sentencia de grado, y resolvió que debe aplicarse el valor establecido por la Corte Suprema al tiempo de la demanda.

Actualmente, ante el Tribunal Superior de Justicia porteño tramitan cerca de veinte causas que presentan la misma controversia jurídica.

La CSJN establece mediante acordadas los montos actualizados que determinan la apelabilidad de las sentencias civiles, y realiza revisiones periódicas de esos valores. #AgenciaNA