Buenos Aires, 5 enero (NA) – La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) ordenó continuar la investigación por la muerte del soldado voluntario Mauro Ramírez, hecho que ocurrió hace 23 años en el destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino, ubicado en la localidad misionera de Apóstoles.
La querella, que representa a la madre de Ramírez, interpuso tiempo atrás un recurso para que la investigación no cese y ahora los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques -su colega Diego Barroetaveña votó en disidencia- consideraron que debía anularse la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas que había confirmado la decisión del juez federal de esa ciudad de rechazar la declaración indagatoria de los soldados Eduardo Jeremías Brevel y Ovidio Francisco Almeida.
La muerte del soldado sucedió el 26 de junio de 2003 cuando el joven, de entonces 21 años, cumplía su guardia en el Destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino y su muerte ocurrió como consecuencia de un disparo con su arma reglamentaria, un fusil FAL calibre 7.65 mm.
Desde el portal Fiscales informaron que, en un primer momento, la investigación quedó en manos de la Justicia provincial que, pocos meses después del hecho, archivó las actuaciones por considerar que se trató de un suicidio.
Sin embargo, conforme a la información a la que accedió la Agencia Noticias Argentinas, la madre de Ramírez denunció lo ocurrido ante la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la provincia del Chaco y, tras debatir la competencia, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió, en agosto de 2004, que debía intervenir la Justicia federal.
A fines de abril de 2008, tras solicitar diversas medidas de prueba, el fiscal federal de Posadas consideró que debían archivarse las actuaciones, a lo que el juez federal accedió.
Recién en junio de 2015, la Procuración General de la Nación asignó un segundo fiscal para intervenir en las actuaciones con la colaboración de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN).
Casi un año después, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron el desarchivo de la causa por considerar que la instrucción fue deficiente y que se registraron serias irregularidades por las que, incluso, el juez provincial fue denunciado. Así, días más tarde, el juez federal ordenó que se active la pesquisa.
De manera inmediata, la querella solicitó que se citara a declarar a un soldado y a un suboficial que estaban con la víctima al momento del hecho, por considerar que, en el procedimiento de cambio de guardia, se habría producido el disparo que impactó en Ramírez, como consecuencia de la mala manipulación del arma por parte del soldado que tomaba la guardia en su reemplazo.
El juez federal rechazó el pedido y la querella apeló ante la Cámara, que confirmó la decisión al entender que se hallaba fundada y que “el llamado a prestar declaración indagatoria es una actividad técnicamente discrecional del Juez, que se encuentra concentrada por su condición de instructor de la causa, y es el único que puede calificar su recepción como pertinente y útil a los fines de la investigación (art. 199 C.P.P.N.)”. Ante ello, la querella presentó su recurso de casación.
En su dictamen, el fiscal general Javier De Luca consideró que la Cámara debía hacer lugar a la presentación de la querella, dado “que el caso constituye una excepción a la regla según la cual el rechazo del pedido de tomar declaración (testimonial, indagatoria, no jurada o como quiera llamársele) no es apelable”.
Esto porque, en el caso, “se encuentra involucrada la posible responsabilidad internacional del Estado argentino, la cual incluye todas las conductas de impericia, encubrimiento, prevaricato, etc. posteriores al hecho que pudieron haber llevado a cabo las distintas autoridades”.
Luego de tanta espera, los jueces Slokar y Mahiques concordaron con el fiscal de Casación e hicieron lugar al recurso de la querella para que se continúe con la investigación por la muerte de Ramírez. #AgenciaNA






