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Piden juicio para un abogado que recuperó su auto de un playón de infractores sin pagar

Buenos Aires, 6 febrero (NA) – El fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°7, Leonel Gómez Barbella, solicitó el juicio oral para un abogado acusado de recuperar su auto del playón de infractores de Recoleta sin pagar la infracción, así como tampoco el acarreo. El hombre está acusado del delito de defraudación por sustracción, que prevé una pena de un mes a 6 años de prisión.

La investigación se inició el 9 de septiembre de 2025, luego de que el supervisor de la playa de infractores “SAVBA”, que pertenece al Área de Asistencia de Seguridad Vial del GCBA, denunciara ante Comisaría Vecinal 2A de la Policía de la Ciudad que el dueño de un camioneta se había llevado el rodado sin pagar.

En su presentación, indicó que ese día una de las grúas remolcó una camioneta Ford Ecosport que se encontraba mal estacionada en un espacio para personas con discapacidad, sobre la calle Libertad, en el barrio de Recoleta. El vehículo fue llevado al playón de infractores que funciona en la calle Eduardo Couture 2297, detrás de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, indica el parte del Ministerio Publico Fiscal.

Horas más tarde, un empleado del predio le informó al supervisor que la camioneta remolcada ya no se encontraba en el lugar, por lo que, al revisar las cámaras de seguridad, se constató que un hombre fue al predio, se subió a la Ford Ecosport y aprovechó la salida de una grúa para retirarse del lugar, sin pagar la multa ni el acarreo.

A fin de dar con el sospechoso, la fiscalía encomendó a personal de la División Investigaciones Comunales 2 de la Policía de la Ciudad una serie de medidas para identificarlo, que incluyeron el análisis de distintas cámaras de seguridad y consulta de bases de datos. Así, se determinó que el hombre vivía cerca del lugar donde fue remolcado el vehículo, el cual era propiedad de su hija y él estaba autorizado a conducir.

Dos meses después, a pedido de la fiscalía, la jueza Vanesa Peluffo indagó al imputado, quien se negó a declarar, según supo la Agencia Noticias Argentinas.

Ahora, el fiscal solicitó el requerimiento de elevación a juicio de la investigación seguida contra el hombre, de 48 años, como autor del delito de “defraudación por sustracción”, que prevé una pena de un mes a 6 años de prisión.

En su solicitud valoró como pruebas el acta de infracción labrada que motivó el traslado del vehículo al playón, los informes sobre la titularidad del vehículo en cuestión y quiénes estaban autorizados a conducirlo y los testimonios de los empleados que se desempeñaban en la playa de infractores “SAVBA”.

Además, se analizaron las imágenes de las cámaras de seguridad donde se ve el accionar del abogado, y se cotejó la imagen obtenida con el informe del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), lo que permitió establecer “que se trata de la misma persona en virtud de los rasgos fisonómicos” y su domicilio.

El fiscal también citó doctrina y entendió que al tratarse “de un delito de resultado material ‘se requiere un perjuicio efectivo, pero en este, la especial configuración está determinada taxativamente por la descripción típica: es la frustración, en todo o en parte, del derecho que sobre la cosa ejerce el legítimo tenedor. Esa frustración aparece cuando ya éste no puede ejercer el derecho sobre la cosa o no la puede ejercer con la plenitud que lo ejercía antes de la acción del agente y en cuya medida le fuera concedido’”.

También, se refirió a jurisprudencia de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, de la que surge que “si bien podrían hacerse observaciones y variadas críticas en cuanto a que la retención que practica la empresa para satisfacer el cobro del acarreo es previa a que una autoridad administrativa o judicial verifique la procedencia de la infracción, lo cierto es que la relación que la une con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires le permite hacer uso de tal modalidad en el marco de la normativa reseñada con el alcance necesario para que la conducta en examen encuentre adecuación típica en la figura prevista en el inciso 5° del artículo 173 del Código Penal”. #AgenciaNA