Buenos Aires, 20 febrero (NA) – La Corte Suprema de Justicia resolvió que la justicia penal ordinaria investigue la denuncia contra Verónica Asad, conocida como “Pitty, la numeróloga”, acusada de aprovecharse de personas en situación de vulnerabilidad para despojarlas de sus bienes.
El máximo tribunal dirimió una cuestión de competencia entre el juzgado nacional en lo criminal y correccional 11 y el juzgado federal criminal y correccional 9, con asiento en Comodoro Py 2002, y determinó que la causa continúe en el fuero ordinario, según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas.
La denuncia fue presentada por Pablo Salum, quien se define en redes sociales como “Fundador de Red LibreMentes” y se presenta como un “luchador” contra las “pseudociencias coercitivas”.
CONTRATACIONES IRREGULARES
La presentación judicial se realizó en paralelo a otra denuncia radicada en Comodoro Py 2002, luego de que trascendiera que la entonces presidenta del Banco Nación, Silvina Batakis, y la gerenta general María del Carmen Barros fueron denunciadas por haber contratado a Asad para un “curso de coach”.
En esa causa también se les atribuyó la presunta contratación irregular del exmarido de Batakis en el área de sistemas y del hijo de Barros en una gerencia de la entidad.
La denuncia fue impulsada por la entonces diputada nacional María Graciela Ocaña, y el fiscal Guillermo Marijuan imputó a las exfuncionarias y a Asad por incumplimiento de los deberes de funcionario público, defraudación contra la administración pública, por administración fraudulenta y peculado.
En ese contexto, Salum acusó a Asad de captar personas en situación de vulnerabilidad para manipularlas psicológicamente con el objetivo de despojarlas de dinero o bienes, y solicitó además una prohibición de acercamiento y contacto hacia él.
El juzgado de instrucción hizo lugar a la medida de prohibición de contacto y remitió el expediente a Comodoro Py por conexidad, pero el juzgado federal rechazó intervenir, por lo que la controversia llegó a la Corte Suprema.
HECHOS DISTINTOS Y ESCINDIBLES
El Procurador General sostuvo que “le asiste razón al juez federal en cuanto a que los hechos que conforman ambos procesos resultan distintos y escindibles”, y consideró que los hechos denunciados por Salum se vinculan con la actividad de Asad como numeróloga y no alcanzan para relacionarlos con el fuero federal.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti siguieron ese criterio y resolvieron que la causa permanezca en la justicia de instrucción ordinaria.
En tanto, en Comodoro Py se dictó el año pasado el sobreseimiento de Batakis, Barros, Asad y el resto de los involucrados, luego de que una auditoría interna del Banco Nación sostuviera que “no se pudo determinar que la institución haya sufrido un perjuicio patrimonial por la contratación directa del servicio”.
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