Buenos Aires, 26 febrero (NA) – La Corte Suprema de Justicia dejó firme la extradición de Luis Abraham Bastidas Ramírez, ex directivo de PDVSA, detenido en Córdoba y requerido por el Principado de Andorra por el presunto blanqueo de unos 5 millones de dólares.
El máximo tribunal confirmó la decisión que declaró procedente la extradición por el delito mayor continuado de blanqueo proveniente de la corrupción, en una causa vinculada al uso de bancos andorranos para lavar fondos originados en maniobras ilícitas.
Bastidas Ramírez fue detenido en 2018 por la División Investigación Federal de Fugitivos de la Policía Federal Argentina en Córdoba, tras tareas de inteligencia criminal. Había llegado al país tres años antes, donde atendía un kiosco mientras su esposa regenteaba una peluquería.
La causa quedó a cargo del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba, encabezado por Miguel Hugo Vaca Narvaja. El acusado se negó a ser extraditado al sostener que temía por su vida e integridad física si luego era enviado a Venezuela, y solicitó ser reconocido como refugiado político.
En una primera instancia, el magistrado denegó la solicitud por defectos formales, pero en 2020 la Corte Suprema anuló esa decisión. En octubre de 2021 el juzgado declaró procedente la extradición, lo que fue apelado por la defensa, mientras que la Procuración General aconsejó ratificar el fallo, según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas.
En el fallo, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron los planteos de la defensa. Señalaron que el cuestionamiento sobre la falta de descripción clara de los hechos delictivos resultó una reiteración de argumentos ya analizados y que el Principado de Andorra informó que el delito precedente consistió en la recepción de sobornos a directivos de PDVSA que intervenían en la adjudicación de obras a determinadas empresas a cambio de un precio.
También descartaron el planteo de prescripción al considerar que la requisitoria estuvo acompañada de referencias específicas sobre la fecha de comisión del hecho, una explicación acerca de por qué la acción penal no se encontraba extinguida y la transcripción certificada de las normas penales y procesales aplicables.
Como ocurre en los procesos de extradición, la Corte actúa como tribunal de revisión del fallo del juez interviniente y la decisión final queda en manos del Poder Ejecutivo.
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