Buenos Aires, 9 febrero (NA) — El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal, la ambiciosa normativa impulsada por la gestión de Javier Milei que busca blindar a los contribuyentes y fomentar la declaración de dólares del mercado informal.
Con la publicación del decreto reglamentario, el Régimen de Declaración Jurada Simplificada entra formalmente en vigencia, estableciendo un nuevo paradigma en la relación entre el Estado y los contribuyentes.
La norma, que modifica el Régimen Penal Tributario y el Código Civil y Comercial, apunta a un relajamiento de los controles patrimoniales a cambio de un cumplimiento estricto de la facturación declarada ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
LOS EJES CENTRALES DE LA REGLAMENTACIÓN
El punto más disruptivo de la ley es la creación del “Régimen simplificado de Ganancias”, diseñado para contribuyentes con un tope patrimonial de hasta $10.000 millones.
* Blindaje patrimonial: Quienes adhieran no estarán sujetos a fiscalizaciones sobre sus variaciones patrimoniales ni sobre sus consumos.
* Impuesto por facturación: ARCA solo cobrará Ganancias sobre los ingresos facturados. El crecimiento de los bienes personales o los gastos realizados no serán controlados ni podrán ser utilizados como base para presunciones de evasión.
* Efecto liberatorio: Según el artículo 39, el pago en término de la declaración propuesta por ARCA libera al contribuyente de cualquier reclamo posterior, salvo que se demuestre la omisión de ingresos facturados.
NUEVOS PISOS DE PUNIBILIDAD Y PLAZOS
La ley introduce una actualización drástica en los montos para que un incumplimiento sea considerado delito penal, elevando los umbrales de evasión:
* Evasión Simple: de $1.500.000 a $100.000.000
* Evasión Agravada: de $15.000.000 a $1.000.000.000
* Prescripción: de 5 años a 3 años.
EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y MULTAS
La reglamentación también detalla los mecanismos para que los contribuyentes regularicen deudas pendientes sin enfrentar causas criminales:
* Cancelación única: ARCA no iniciará acciones penales si se cancela la deuda e intereses (beneficio aplicable una sola vez).
* Adicional del 50%: Si la denuncia no fue radicada, el contribuyente puede extinguir la acción pagando la deuda más un recargo del 50% dentro de los 30 días de la notificación.
* Multas por plazos: Como contrapartida al relajamiento de controles, aumentarán considerablemente las sanciones económicas para quienes presenten sus declaraciones fuera de término.
Con esta reglamentación, el Ejecutivo busca acelerar la exteriorización de activos en un contexto donde el Gobierno apuesta al blanqueo para fortalecer las reservas y dinamizar la inversión privada, garantizando que el origen de los fondos no será objeto de persecución fiscal para quienes cumplan con el nuevo esquema. #AgenciaNA






