Nueva York, 9 febrero (NA) – Los demandantes en disputa judicial por la expropiación de YPF: Petersen Energía Inversora S.A.U. y Eton Park Capital Management, L.P., expusieron su oposición al intento de la República Argentina de suspender el proceso de descubrimiento posterior al juicio y las acciones relacionadas con desacato, mientras se resuelve una apelación.
El 19 de febrero la Argentina presentará sus argumentos para rechazar el pedido de sanciones y desacato formulado por los demandantes, de acuerdo con la información recogida por la Agencia Noticias Argentinas.
Luego de la réplica oficial, la jueza Loretta Preska quedará en condiciones de resolver si frena o no el avance del proceso.
La presentación argentina de una declaración jurada sobre las reservas de oro del Banco Central ante la magistrada parte de la defensa de su inmunidad soberana, mientras busca suspender el proceso de “discovery” (búsqueda de pruebas) solicitado por el fondo Burford Capital.
Apeló asimismo la sentencia de US$ 16.100 millones, calificando de hostigamiento los pedidos de información sobre funcionarios y activos.
RECHAZO AL PEDIDO DE SUSPENSIÓN
En respuesta, los demandantes presentaron una carta en la que rechazan el pedido de suspensión (stay) de Argentina del discovery, alegando que es una maniobra para evitar sanciones y que no cumple con los criterios legales ni con las órdenes previas del tribunal.
Asimismo, en la carta presentada el 6 de febrero de 2026 a la jueza Loretta A. Preska, los demandantes sostienen que la conducta de dilación del gobierno —con retrasos, incumplimientos y producción incompleta de documentos— justifica negar cualquier postergación.
El argumento que utilizan es que la República no tiene derecho a una suspensión, ya que solicitó una anteriormente y no cumplió las condiciones impuestas por el tribunal, como por ejemplo, ofrecer garantías o pedir una revisión expedita.
El nuevo pedido tiene lugar cuando se avecinan sanciones y un posible desacato, lo cual consideran una maniobra estratégica para eludir responsabilidades.
Acusan al gobierno argentino de conducta inequitativa y de mala fe, que identifican con: “retrasos sistemáticos, negativas a cumplir con órdenes judiciales, producción de documentos incompletos o tardíos, presentación de testigos sin preparación para declarar en las audiencias”, todo lo cual justificaría negarle cualquier remedio equitativo, como una suspensión.
DENUNCIA DE INCUMPLIMIENTO
Los criterios legales para obtener una suspensión son refutados según el precedente Nken v. Holder, dado que, subrayan, la República no cumple con los cuatro factores requeridos, debido a que “no demuestra probabilidad de éxito en la apelación, no sufre daño irreparable (el daño es consecuencia de sus propias acciones), perjudica a los demandantes al interrumpir el descubrimiento pendiente y va en contra del interés público al desacatar fallos judiciales”.
En el descargo, afirman que la República no ha cumplido totalmente con la entrega de documentos esenciales y cuestionan que, aunque se aluda a una producción de 115.000 páginas, en realidad se entregaron unos 13.500 documentos, muchos de ellos irrelevantes o públicos.
El pedido de freno total impulsado por la defensa argentina busca detener la etapa de obtención de información posterior a la sentencia de primera instancia, la etapa en la que los demandantes solicitan documentos e información para identificar bienes embargables que podrían usarse para ejecutar el fallo. Un ejemplo es el oro del BCRA.
Es un trámite puntual, distinto de la apelación de fondo contra el fallo que condenó al país a pagar US$16.100 millones por la estatización de la petrolera, ya que ambos procesos corren por carriles separados.
El Gobierno rechaza que esté desarrollando una “estrategia sistemática de dilación”, con incumplimientos reiterados de órdenes judiciales, presentaciones tardías e incompletas y testigos que —según los demandantes— no estaban preparados para responder sobre activos relevantes, como las reservas de oro del Banco Central o los acuerdos con China.
A criterio de Burford, ese historial impediría conceder una medida de carácter excepcional como el stay.
“El pedido de suspensión se presentó después de casi dos años de intentos de colaboración, en un proceso que se volvió insólito y desproporcionado”, señalaron fuentes oficiales.
Según explicaron, Burford tenía derecho a oponerse —como lo hizo ahora—; luego la Argentina presentará su réplica y finalmente será Preska quien decida si concede o no la suspensión.
La Procuración remarcó que la presentación del fondo no invalida la posibilidad de que la jueza otorgue el stay.
Y subrayó un punto central de la estrategia oficial: si Preska rechaza el pedido, la Argentina elevará de inmediato el reclamo a la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito, como ya ocurrió en instancias previas del juicio, entre ellas cuando se ordenó el turnover del 51% de las acciones de YPF.
En aquel antecedente, la jueza denegó el freno, pero la Corte sí concedió la suspensión mientras analizaba el planteo.
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