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ANSES relanza un trámite y facilita gestiones a jubilados

Buenos Aires, 4 diciembre (NA) – La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) sacó una nueva comunicación en la cual le recuerda al sector poblacional de jubilados y pensionados la posibilidad de activar un derecho adquirido, que tienen para poder simplificar la vida en relación al cobro y gestiones de haberes y trámites.

En el mismo, según conoció la Agencia Noticias Argentinas al acceder al comunicado oficial del organismo previsional, que depende del ministerio de Capital Humano que lidera Sandra Pettovello, rememora y explica cómo los “jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir sus prestaciones”.

¿Qué expresa el comunicado de ANSES sobre el derecho del jubilado a tener un apoderado?

“ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recuerda que tanto jubilados como pensionados pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir sus prestaciones o bien nombrar un representante especial por un período de tiempo específico, si el titular se encuentra imposibilitado para movilizarse.

Puede ser apoderada cualquier persona mayor de 18 años. Si el elegido es un familiar, no es necesario solicitar un turno para realizar la gestión. Sin embargo, se recomienda verificar que los datos del titular y los de su grupo familiar estén registrados y actualizados en mi ANSES para luego concurrir con DNI y la documentación que acredite el vínculo a la oficina de ANSES más cercana al domicilio.

Para realizar el cobro de su prestación, los titulares también pueden elegir a una entidad pública nacional, provincial o municipal; mutuales e instituciones de asistencia social; abogados o procuradores que cuenten con un poder certificado ante escribano. En el caso de personas que se encuentren internadas en establecimientos, públicos o privados, como hospitales, sanatorios o asilos, podrán optar por un director o administrador del mismo.

En caso de residentes en el exterior, el poder puede otorgarse a un banco, que cuente con la opción giro al exterior, para cobrar jubilación o pensión”.

¿CUÁLES SON LAS ENTIDADES BANCARIAS HABILITADAS PARA EL COBRO DE ANSES?

* Banco de la Nación Argentina.
* Banco de la Ciudad de Buenos Aires.
* Patagonia S.A..
* Credicoop Cooperativo Ltdo.
* Banco Piano S.A.
* Banco Comafi S.A”.

¿CUÁL ES LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA A REUNIR PARA INICIAR EL TRÁMITE DE APODERADO DE UN JUBILADO?

* Familiar DNI y documentación que acredite parentesco.
* Conviviente Previsional: tenés que tener acreditada la relación como conviviente previsional.
* Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria.
* Tutor/medida de Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
* Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
* Abogado: credencial vigente.

De esta manera, la ANSES garantiza el derecho de millones de jubilados y pensionados al acceso a una persona de confianza para poder facilitarles el cobro de sus haberes y, la ayuda para poder gestionar diversos trámites con seguridad. #AgenciaNA.