CÓRDOBA, 3 febrero (NA) — El Juzgado Federal N° 2 de Córdoba ordenó a una empresa de medicina prepaga la cobertura integral e inmediata de una cirugía de feminización facial a una afiliada, al considerar que la intervención es necesaria para adecuar su cuerpo a la identidad de género autopercibida.
Según supo la Agencia Noticias Argentinas, el fallo se dictó en el marco de una acción de amparo presentada por una joven transgénero que, tras iniciar un tratamiento de reemplazo hormonal, solicitó la operación para modificar rasgos de su rostro que le generaban disforia.
La prepaga había rechazado la cobertura argumentando que dicha práctica no figuraba expresamente en el listado del Decreto Reglamentario 903/2015 de la Ley de Identidad de Género. Sin embargo, el tribunal desestimó esta defensa, estableciendo que la nómina de procedimientos en la normativa es “meramente enunciativa y no taxativa”.
La sentencia remarcó que las intervenciones quirúrgicas obligatorias para los efectores de salud son aquellas que ayudan a garantizar el goce de la salud integral y la identidad de género. En este sentido, el juez destacó que los procedimientos de modificación corporal no deben ser entendidos como “de índole estético”, sino como parte del derecho a la identidad.
El fallo se apoyó en informes médicos y psicológicos que indicaban que la adecuación corporal funcionaba como un “factor protector de estabilidad emocional” para la amparista, ordenando así la cobertura total de los honorarios médicos y gastos sanatoriales.
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