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La Justicia suspende decreto relacionado con el tiempo de descanso de las tripulaciones

Buenos Aires, 12 mayo (NA)- La suspensión del Decreto 378/25, dispuesta por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, en relación a los tiempos de descanso de las tripulaciones, abrió un nuevo capítulo en el debate sobre la seguridad aérea, las condiciones laborales y el alcance de las reformas impulsadas por el Gobierno nacional en el sector aerocomercial.

La resolución judicial hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) y dejó sin efecto la aplicación del decreto hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión, según pudo conocer la Agencia Noticias Argentinas.

El fallo resulta relevante no solo por su impacto inmediato en la operatoria de las aerolíneas, sino también por los fundamentos que expone. La Cámara consideró que existen elementos suficientes para advertir que la modificación de los tiempos de servicio, vuelo y descanso de las tripulaciones podría incrementar la fatiga operacional, con consecuencias directas sobre la seguridad aérea.

En materia aeronáutica, subrayó el tribunal, no es necesario esperar a que el daño ocurra para actuar, ya que rige el principio preventivo, especialmente cuando están en juego la vida y la integridad de trabajadores y pasajeros.

El Decreto 378/25 había sido dictado por el Poder Ejecutivo a comienzos de 2025, en el marco de una política más amplia de desregulación del transporte aéreo. Según explicó el Gobierno al momento de su publicación, la norma buscaba “modernizar” los parámetros de operación, alineándolos con estándares internacionales y otorgando mayor flexibilidad a las empresas para optimizar la utilización de flotas y tripulaciones.

En la práctica, el decreto introdujo cambios en los límites máximos de horas de servicio, en los descansos mínimos obligatorios y en los esquemas de programación, reemplazando el régimen previo que había sido elaborado con fuerte participación de sindicatos, autoridades técnicas y especialistas en medicina aeronáutica.

Medios especializados como Aviación Online y El Cronista señalaron que uno de los puntos más cuestionados del decreto era la ampliación de los márgenes de actividad diaria y semanal de los pilotos, en un contexto en el que la fatiga es considerada por organismos internacionales como la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) y la EASA europea como uno de los principales factores de riesgo en la operación aérea.

De hecho, la tendencia global en los últimos años ha sido avanzar hacia sistemas de gestión del riesgo por fatiga (FRMS) más estrictos, basados en evidencia científica y monitoreo permanente.

La Cámara del Trabajo retomó este enfoque al destacar otro aspecto central del reclamo de APLA: la ausencia de consulta y participación previa de todos los sectores involucrados. El tribunal recordó que la normativa anterior —derogada de hecho por el decreto— había establecido explícitamente la necesidad de consensos técnicos y gremiales, justamente por tratarse de una materia “extremadamente sensible”, vinculada con la investigación médico‑aeronáutica y la seguridad operacional. La falta de ese procedimiento, sostuvo el fallo, debilita la validez del cambio normativo.

En su resolución, la Justicia también enfatizó que el derecho al descanso, la limitación de la jornada laboral y la protección de la integridad física y psíquica de los trabajadores cuentan con tutela constitucional y supralegal, tanto en la Constitución Nacional como en convenios internacionales de la OIT ratificados por la Argentina. En ese sentido, el fallo marca un límite claro a la posibilidad de flexibilizar condiciones laborales en nombre de la eficiencia económica.

Desde APLA, la suspensión fue interpretada como una validación de una advertencia sostenida desde el inicio. El sindicato remarcó que defender tiempos adecuados de descanso no implica la defensa de privilegios corporativos, sino la preservación de estándares profesionales que sostienen la seguridad del sistema aéreo. #AgenciaNA.