Buenos Aires, 19 octubre (NA) — El Poder Ejecutivo Nacional aprobó la inclusión de un mecanismo de “arbitraje con prórroga de jurisdicción” fuera del país para los futuros contratos de concesión de obra pública de las líneas ferroviarias de carga General Belgrano, General San Martín y General Urquiza.
La disposición oficial determina que las controversias entre el concedente y las empresas concesionarias podrán someterse a un tribunal arbitral con sede en la ciudad de “Montevideo, República Oriental del Uruguay”, en el marco del proceso de privatización de la firma Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima.
El desarrollo del esquema establece que, para recurrir a los tribunales ubicados en el exterior, la firma concesionaria, cualquiera de sus accionistas con una participación “no inferior al diez por ciento (10%) del capital social con derecho a voto” o sus acreedores garantizados deberán estar constituidos o domiciliados fuera del territorio nacional.
Asimismo, la normativa fija como condición que el conflicto económico planteado sea “de monto no cuantificable o que su monto supere los dólares estadounidenses US$ 500.000”.
El Poder Ejecutivo fundamentó esta alternativa en la necesidad de “garantizar la máxima concurrencia en el procedimiento de selección”, argumentando que la prórroga territorial busca promover “la participación de oferentes extranjeros y la posibilidad de un acceso más extendido a fuentes de financiamiento internacional”, de manera de potenciar “las inversiones necesarias para la modernización de la infraestructura ferroviaria” tras la declaración de la empresa como “sujeta a privatización”.
La decisión se formalizó a través del Decreto 1216/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial y que procesó Agencia Noticias Argentinas. La norma aclara que la fijación de la sede arbitral internacional “no implica renuncia alguna de la República Argentina a su inmunidad de ejecución”.
En este sentido, la reglamentación excluye expresamente de eventuales embargos a “cualquier bien, reserva o cuenta del Banco Central de la República Argentina”, así como a las propiedades de “dominio público”, los bienes destinados a “un servicio público esencial”, los fondos presupuestarios estatales, el patrimonio “de carácter militar” y la “herencia cultural” de la Nación.
La medida se dictó en uso de las atribuciones del artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y en cumplimiento de la Ley 17.520 y la Ley 27.742, llevando las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
Agencia NA






