Buenos Aires, 27 noviembre (NA) – Un hombre fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de su ex pareja ocurrido en noviembre de 2023 en la provincia de Córdoba y, según se determinó en la lectura de fundamentos, el acusado ejerció violencia “en todas sus formas”.
La Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba dio a conocer los fundamentos de la sentencia que condenó a prisión perpetua a Alejandro Jesús Quinteros por homicidio triplemente calificado, por el vínculo, por alevosía y por violencia de género, en perjuicio de su ex pareja Valeria Gancedo.
En el juicio se constató que Quinteros invitó a la víctima y a su hijo a comer a un restaurante en Caleta Oliva, momento en el que le suministró un sedante en la bebida.
Luego, los tres se fueron hasta el domicilio de la mujer en Oncativo, lugar en el que Gancedo quedó inconsciente por el efecto de la droga y allí el acusado la asfixió con una almohada o una sábana en su propia cama.
Las autoridades judiciales señalaron que el plan criminal terminó con el traslado del cuerpo a un campo ubicado a unos 19 kilómetros de Oncativo, donde lo enterró.
En la sentencia, el camarista Sebastián Romero puntualizó que Quinteros ejerció violencia con su expareja “en todas sus formas”: física, psicológica, sexual, económica y simbólica.
Además, expuso que “la humilló y la maltrató de manera grave, sistemática y creciente, hasta llegar a la expresión más extrema de la violencia de género: el femicidio”.
Se supo que el acusado, durante varios días, usó el celular de la víctima y, haciéndose pasar por ella, respondió mensajes para confundir a sus familiares y personas de su entorno, quienes la buscaban.
“El femicidio ocurrió con su hijo, que estaba presente en el lugar de uno de los hechos y vivió en un ambiente de violencia, manipulación y miedo. Y así sucedió también con otros familiares y personas allegadas a la víctima, que la acompañaron durante la relación, la ruptura del vínculo e inclusive estuvieron presentes en la sala de audiencias, cuando se realizó el juicio”, apuntó Romero.
“Esas personas –agregó el camarista- debieron sufrir, además, la incertidumbre y el engaño provocados por el acusado, que ocultó el cuerpo de V. y empleó su teléfono para distraer la búsqueda”, añadió en la resolución dada a conocer por el portal Justicia de Córdoba, a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.
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