Buenos Aires, 11 junio (NA) – La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó por inadmisible el reclamo de una mujer que buscaba recuperar la pensión por viudez de su primer esposo luego de haberse separado de su segundo marido, en un caso originado en la provincia de Santa Fe.
La mujer, identificada como M.C., había obtenido una pensión por el fallecimiento de su primer esposo en 1974. Sin embargo, el beneficio se extinguió cuatro años más tarde cuando contrajo matrimonio nuevamente. Tras divorciarse en 1992, solicitó ante la Caja de Seguridad Social para los Profesionales del Arte de Curar de Santa Fe el restablecimiento de aquella prestación.
El organismo previsional rechazó el pedido y la mujer acudió a los tribunales. Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el planteo fue desestimado en todas las instancias judiciales.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe sostuvo que la normativa provincial establece que el derecho a percibir la pensión para el cónyuge se extingue al contraer nuevas nupcias.
Durante el proceso se admitió que la Ley 22.611 dispuso en el ámbito nacional la conservación del derecho a pensión para el cónyuge que vuelve a casarse, aunque se consideró que esa norma no resulta aplicable a la legislación provincial santafesina. Frente a ello, la mujer planteó la inconstitucionalidad de la norma local ante la Corte nacional.
Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso bajo el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación al considerarlo inadmisible.
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